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Agente, Bróker inmobiliario y Dirección inmobiliaria y gestión de hipotecas, son los tres niveles profesionales en la empresa moderna de servicios de intermediación de inmuebles y la gestión de los recursos económicos para su adquisición.
En este artículo vamos a dividirlo en dos partes: Primero hablaremos de la cualificación profesional y después de las figuras profesionales del sector inmobiliario en la empresa; distinguiendo de esta forma la titulación de la labor.
Primera, las titulaciones profesionales inmobiliarias.
- Inglaterra (base NFoPP)
- Francia (base ESPI)
- Portugal (base ESAI)
- Estados Unidos
- España
Segunda, las figuras profesionales en la oficina inmobiliaria.
- Agente inmobiliario
- Bróker Inmobiliario
- Dirección Inmobiliaria y Gestión de Hipotecas
Las titulaciones profesionales inmobiliarias en Europa
Para ofrecer servicios profesionales de intermediación en compra, venta y alquiler de bienes inmuebles se requieren de unos requisitos que cada país define, por ejemplo:
Reino Unido
(Base National Federation of Property Professionals).
Para poder intervenir profesionalmente en el sector es necesario tener unos estudios específicos o bien para la “venta» o “alquiler”.
Los profesionales – empresarios con la acreditación de “venta” solo pueden dedicarse a esta especialidad y no está permitido que alquile inmuebles, y viceversa.
Francia
(Base Ecole Supérieure des Professions Immobilières).
Se distinguen profesionales según las tareas que desempeñan en las empresas, así, es necesario disponer de un equipo multidisciplinar especializado en cada función. Se requiere de los estudios reconocidos por la administración según las etapas del negocio.
Hay personas que estudian y por ende se dedican a la captación, otras son especialistas en la venta, otros estudian y se especializan en la gestión documental.
Un captador, si no tiene la “carta profesional” de ventas, no puede ni siquiera enseñar un piso a un posible comprador.
Portugal
(Base Escola Superior de Actividades Imobiliárias).
Tras dos años de estudios en una escuela superior debidamente autorizada por el Ministerio se consigue la acreditación para abrir un negocio multidisciplinar e integral inmobiliario.
Dependiendo de los módulos cursados los servicios van desde la intermediación inmobiliaria en compra, venta, alquiler, la gestión de comunidades de propietarios como la valoración de inmuebles y suelo.
Las titulaciones profesionales inmobiliarias en España
- España
Regulación de la profesión de agente inmobiliario.
LIBERALIZACIÓN
Real Decreto-Ley 4/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Liberalización en el Sector Inmobiliario.
Artículo 3: Condiciones para el ejercicio de la actividad de intermediación inmobiliaria.
Las actividades enumeradas en el artículo 1 del Decreto 3248/1969, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Junta general, podrán ser ejercidas libremente sin necesidad de estar en posesión de título alguno ni de pertenencia a ningún Colegio oficial.
Ley 10/2003, de 20 de mayo, de medidas urgentes de liberalización en el sector inmobiliario.
Las actividades enumeradas en el artículo 1 del Decreto 3248/1969, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Junta Central, podrán ser ejercidas:
a) Por los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria conforme a los requisitos de cualificación profesional contenidos en su propia normativa específica.
b) Por personas físicas o jurídicas sin necesidad de estar en posesión de título alguno, ni de pertenencia a ningún colegio oficial, sin perjuicio de los requisitos que, por razones de protección a los consumidores, establezca la normativa reguladora de esta actividad.
REGULACIÓN
LEY 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda en CATALUÑA.
LEY 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda del GOBIERNO VASCO.
Decreto por el que se crea el registro de agentes inmobiliarios de la COMUNIDAD DE MADRID y se regulan los requisitos para la inscripción en dicho registro a 19 de junio de 2017.
Consejo de Consumo de la Junta de Andalucía aprobada el Código ANDALUZ de Calidad Inmobiliaria a 27 de septiembre 2017.
Decreto foral en NAVARRA por el que se crea el registro y regula su funcionamiento a 27 de marzo de 2019.
Ley 11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de EXTREMADURA.
15/07/2021 proyecto de Decreto por el que se crea el registro de agentes inmobiliarios de CANARIAS y se regula su funcionamiento.
Esta misma regulación ya se ha dado en otras comunidades autónomas y, por término general, en las mismas los requisitos son cuatro:
a) Disponer de un establecimiento abierto al público a tal efecto, salvo que la comercialización de los servicios inmobiliarios se efectúe a distancia por vía electrónica o telemática, en cuyo caso debe acreditarse una dirección física del agente responsable.
b) Estar en posesión de la capacitación profesional que se les exija legalmente. En caso de tratarse de personas jurídicas, la capacitación es exigible a los administradores o, en su caso, a los miembros del consejo de administración.
c) Constituir y mantener una garantía, con vigencia permanente, que les permita responder de las cantidades que reciban en el ejercicio de su actividad mediadora hasta que las pongan a disposición de los destinatarios.
d) Constituir y mantener una póliza de responsabilidad civil, con vigencia permanente, que les permita responder del ejercicio de la actividad mediadora.
Figuras profesionales del sector inmobiliario
No debemos confundir los estudios de Agente Inmobiliario, que permiten abrir una oficina en España, con la figura del Agente Inmobiliario.
Agente Inmobiliario: es aquella persona que prospecta, capta, valora, verifica, publicita o vende el inmueble.
Así, en la empresa inmobiliaria, distinguimos el trabajo diario desarrollado por el Agente Inmobiliario, que está en contacto con los clientes, con la figura del Broker Inmbiliario, el Director Inmobiliario y gestor de hipotecas y Intermediario de Crédito Inmobiliario:
Broker Inmobiliario: dirige equipos y es un especialista en ventas; un negociador nato y precursor de grandes cuentas inmobiliarias.
Director Inmobiliario y gestor de hipotecas: Profesional con más amplios conocimientos y actitudes que el Agente y el Broker inmobiliario, que actúa como empresario, disponiendo de los recursos humanos, tecnológicos y financieros para llevar el negocio inmobiliario al éxito.
Intermediario de Crédito Inmobiliario: Profesional especializado en conseguir las mejores condiciones hipotecarias para los clientes.
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